A través del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el gobierno indica en el artículo 9:
Artículo 9. Plazos administrativos suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
Cualquier duda no duden en contactar con la academia
Mucho ánimo.
2 Comments
Buenos días:
Ahora que se irán publicando las bases de las convocatorias que se han ido anunciando antes, me surge una duda: ¿cuánto tiempo suele tardar entre que se publican las bases de una convocatoria y se celebra el examen?
Gracias.
Desde que el organismo publica la oferta de empleo hasta el momento de la publicación de las bases tiene legalmente tres años, no suelen agotar este plazo, pero ese es el margen legal. Una vez que publiquen las bases darán unos días hábiles para la inscripción y pago de tasas. Entre esos plazos al examen suele pasar 3 o 4 meses. Depende de cada organismo.
Saludos